Los convenios de coordinación de concertación con los sectores social y privado;
ARTÍCULO 75° Fracción XXXIII - Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Baja California Sur.
Todos los sujetos obligados deberán publicar la información relativa a cualquier convenio de coordinación y/o de concertación celebrado con los sectores social y privado, tanto en el ámbito nacional como internacional. En el caso de este último se deberán contemplar de forma enunciativa más no limitativa los convenios celebrados con organismos y organizaciones internacionales que persigan algún interés social o privado.
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F33-Formato-Convenios-de-coordinación-de-concertación-con-el-sector-social-o-privado | Descargar Visualizar |
Área Responsable
- Departamento Jurídico
- Departamento de Precios Unitarios y Licitaciones
Fecha de actualización
31 Mar 2022
Fecha de Validación
18 Apr 2022
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